Términos y condiciones
del Programa de Afiliados

Última actualización: 17 de noviembre de 2025
ESTOS TÉRMINOS Y CONDICIONES DEL PROGRAMA DE AFILIADOS (el «Acuerdo») establecen las reglas aplicables a la participación en el Programa de Afiliados de Wix.com Ltd. (incluidas sus subsidiarias y afiliadas), que opera la plataforma y los servicios de la marca Base44 (colectivamente, «Base44» o la «Empresa»). Toda persona que participe en el Programa de Afiliados de Base44 se denominará en lo sucesivo «Afiliado» o «usted».
1. Disposiciones generales
ESTE ACUERDO CONTIENE LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES APLICABLES A LA PARTICIPACIÓN DEL AFILIADO EN EL PROGRAMA DE AFILIADOS DE Base44 (el «Programa» o el «Programa de Afiliados»). LEA ATENTAMENTE ESTOS TÉRMINOS Y CONDICIONES, QUE CONSTITUYEN UN ACUERDO VINCULANTE DESDE EL PUNTO DE VISTA LEGAL ENTRE Base44 Y USTED. USTED DEBE ACEPTAR LOS TÉRMINOS DE ESTE ACUERDO PARA CONVERTIRSE EN AFILIADO DE Base44. AL MARCAR LA CASILLA «ACEPTO» EN LA SOLICITUD, USTED ACEPTA REGISTRARSE COMO AFILIADO EN EL PROGRAMA DE AFILIADOS Y CERTIFICA QUE (A) HA LEÍDO ESTE ACUERDO Y COMPRENDE TODO SU CONTENIDO; (B) ACEPTA CUMPLIR ÍNTEGRAMENTE LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES DE ESTE ACUERDO, ENTRE OTROS, TODOS LOS DOCUMENTOS, LAS POLÍTICAS Y LOS PROCEDIMIENTOS INCORPORADOS AL PRESENTE POR REFERENCIA, ASÍ COMO CUALQUIER MODIFICACIÓN FUTURA DE ESTOS O ADICIÓN A ESTOS; Y (C) NO EXISTE NINGÚN CONFLICTO NI OTRA RESTRICCIÓN QUE LE IMPIDA CELEBRAR O CUMPLIR ESTE ACUERDO O CUALQUIERA DE SUS PARTES, INCLUIDA LA OBTENCIÓN DE TODAS LAS APROBACIONES APLICABLES EXIGIDAS POR LA LEGISLACIÓN VIGENTE PARA QUE USTED CUMPLA ESTE ACUERDO. EL INCUMPLIMIENTO DE CUALQUIERA DE LOS TÉRMINOS DE ESTE ACUERDO O DE CUALQUIER OTRO DOCUMENTO INCORPORADO AL PRESENTE POR REFERENCIA DARÁ LUGAR A LA TERMINACIÓN INMEDIATA DE SU PARTICIPACIÓN EN EL PROGRAMA, SIN NECESIDAD DE NOTIFICÁRSELO POR ESCRITO, Y A LA PÉRDIDA DE CUALQUIER PAGO DE COMISIONES DE AFILIADO PENDIENTE QUE SE HAYA DEVENGADO DURANTE EL INCUMPLIMIENTO. USTED ACEPTA PARTICIPAR EN EL PROGRAMA POR SU PROPIA CUENTA Y RIESGO.
2. Definiciones
A efectos de este Acuerdo, los siguientes términos tendrán el significado que se indica a continuación:
2.1. Por «Anuncio(s)», se entiende el texto ancla, los banners, los enlaces mediante botones, los enlaces de texto u otros recursos gráficos que Base44 pone a disposición del Afiliado y que se utilizan para enlazar el Sitio del Afiliado a la Plataforma Base44.
2.2. Por «Solicitud de Afiliación», se entiende la solicitud presentada por un Afiliado para participar en el Programa, tal como se encuentra disponible en la Plataforma Base44.
2.3. Por «Comisión de Afiliado», «Comisión» o «Comisión por Referencia», se entiende el importe aprobado, no controvertido y pagadero en un único pago a un Afiliado, de conformidad con el Plan de Comisiones por Referencia.
2.4. Por «Sitio del Afiliado», se entienden los sitios web que son propiedad del Afiliado, están bajo su control o son utilizados por este, en los que el Afiliado colocará Enlaces Designados a la Plataforma Base44.
2.5. Por «Periodo de Afiliación», se entiende el periodo de actividad de un Afiliado como participante en el Programa, que comienza cuando se aprueba su participación y finaliza de conformidad con las disposiciones de la Sección 12.
2.6. Por «Transacción de Afiliación», se entiende la compra de un Paquete Premium de Base44 realizada por un Usuario Premium Referido (remitido a Base44 mediante los Códigos de Seguimiento del Afiliado).
2.7. Por «Transacciones de Afiliación por Mes», se entiende el número total de Transacciones de Afiliación realizadas durante cada mes natural.
2.8. «Restricciones de Contenido» tendrá el significado que se le atribuye en la Sección 3.3 del presente.
2.9. Por «Requisitos de Conversión», se entienden los requisitos establecidos por Base44, a su entera discreción, y especificados en el Panel de Control del Afiliado, para determinar la conversión satisfactoria de un Usuario Referido en un Usuario Premium Referido.
2.10. Por «Panel de Control», se entiende la interfaz en línea específica que Base44 pone a disposición de los participantes de su Programa de Afiliados, mediante la cual el Afiliado puede gestionar y supervisar su participación y desempeño en el Programa de Afiliados.
2.11. Por «Enlaces Designados», se entienden los enlaces a la Plataforma Base44 que se colocan en el Sitio del Afiliado de conformidad con las instrucciones de Base44 y que utilizan de forma adecuada una URL con una etiqueta especial que contiene un Código de Seguimiento cuyo formato proporciona Base44.
2.12. Por «Tráfico Fraudulento», se entiende cualquier depósito o tráfico generado en el(los) Sitio(s) del Afiliado o mediante la actividad del Afiliado por medios ilegales o de mala fe, o con la intención de defraudar a la Empresa, sin importar si efectivamente causa o no algún perjuicio a la Empresa. El Tráfico Fraudulento incluye, entre otros, spam, publicidad falsa, depósitos generados mediante tarjetas de crédito robadas, colusión, manipulación del servicio, del sistema, de bonificaciones o de promociones, ofertas para compartir, directa o indirectamente, las Comisiones de Afiliado con los Usuarios y cualquier otro uso no autorizado de derechos de autor, marcas registradas o cuentas de terceros.
2.13. Por «Derechos de Propiedad Intelectual», se entienden los derechos de autor, los derechos sobre marcas registradas, los derechos de patente, los secretos comerciales, los derechos morales, los derechos de imagen, los derechos de autoría, los derechos contractuales y de licencia, el fondo de comercio y todos los demás derechos de propiedad intelectual que existan actualmente o que puedan existir en el futuro, así como todas sus renovaciones y extensiones, independientemente de que dichos derechos surjan conforme a las leyes de los Estados Unidos o de cualquier otro estado, país o jurisdicción.
2.14. «Licencia» tendrá el significado que se le atribuye en la Sección 4.3 del presente.
2.15. Por «Requisito Mínimo de Transacciones», se entiende el número de Transacciones de Afiliación por Mes que Base44 define como el número mínimo de Transacciones de Afiliación que cada Afiliado debe alcanzar para continuar participando en el Programa de Afiliados.
2.16. «Solicitud de Exclusión» tendrá el significado que se le atribuye en la Sección 6.6 del presente.
2.17. Por «Usuario(s) Premium Referido(s)», se entiende un Usuario Referido que haya cumplido íntegramente los Requisitos de Conversión especificados en el Panel de Control dentro de los treinta (30) días naturales siguientes a la primera vez que dicho usuario se convierta en Usuario Referido según lo establecido en el presente documento (cada caso, una «Conversión»).
2.18. Por «Plan de Comisiones por Referencia», se entiende un plan de compensación de Afiliados conforme al cual se pagará al Afiliado por los Usuarios Premium Referidos por este de conformidad con el presente Acuerdo y con las Comisiones especificadas en el Panel de Control.
2.19. Por «Usuario Referido», se entiende un usuario que haya abierto por primera vez una cuenta en la Plataforma Base44 mediante los Códigos de Seguimiento del Afiliado desde el Sitio del Afiliado, correo electrónico u otras comunicaciones.
2.20. Por «Condiciones de Venta Especiales», se entiende aquellos descuentos especiales u otros beneficios especiales que Base44 pueda determinar que se aplican a determinadas ofertas de Paquetes Premium, excluidos los cupones individuales utilizados por los Usuarios Referidos.
2.21. Por «Enlace Patrocinado», se entiende un enlace (entre otros, los incluidos en banners) ofrecido, creado o mostrado a cambio de una tarifa (ya sea sobre la base de pago por clic, comisión o cualquier otro acuerdo comercial) por cualquier motor de búsqueda de Internet, portal, servicio de publicidad patrocinada u otro servicio de búsqueda o referencia, o por sitios web de terceros (distintos de los Subafiliados), que utilice términos de búsqueda o palabras clave para identificar un sitio web, atraer la atención hacia este o dirigir el tráfico de Internet a él, entre otros, la «Red de Display de Google».
2.22. Por «Código(s) de Seguimiento», se entienden los códigos únicos específicos que Base44 proporcionará al Afiliado para realizar el seguimiento del tráfico y de los usuarios que lleguen a través de la actividad del Afiliado (por ejemplo, desde el Sitio del Afiliado). Este Código de Seguimiento estará incorporado en los Enlaces Designados que utilizará el Afiliado para crear enlaces a la Plataforma Base44. Base44 realiza el seguimiento de sus usuarios mediante cookies, que caducarán en un plazo de treinta (30) días. Si, por cualquier motivo, los usuarios no tienen cookies (incluido el caso en que las cookies aplicables hayan caducado), dichos usuarios no serán considerados Usuarios Referidos del Afiliado.
2.23. Por «Usuario», se entiende tanto los Usuarios Referidos como los Usuarios Premium Referidos.
2.24. Por «Marcas de Base44», se entiende, sin limitación, las marcas registradas, las marcas de servicio, la imagen comercial, los nombres comerciales, la razón social, los logotipos y cualquier otra característica distintiva de la marca utilizada en la actividad de Base44 o relacionada con esta.
2.25. Por «Paquete Premium» o «Paquete Premium de Base44», se entiende cualquiera de los paquetes de pago ofrecidos por Base44 en la Plataforma Base44, que Base44 puede actualizar o modificar periódicamente. No se considerará un Paquete Premium un paquete de pago que (i) haya sido cancelado dentro de los catorce (14) días naturales desde la fecha de compra; (ii) haya sido reembolsado de conformidad con las políticas de reembolso de Base44 o la legislación vigente, según corresponda en cada momento; o (iii) no haya sido debida e íntegramente pagado por los Usuarios Premium Referidos.
2.26. Por «Plataforma Base44», se entiende https://base44.com/es o cualquier otro sitio web que la Empresa pueda añadir periódicamente, a su entera y absoluta discreción. El Mercado de Plantillas de Aplicaciones de Base44 es un mercado que realiza lo siguiente: Permite a los Creadores de Base44 (según se definen a continuación) publicar y comercializar plantillas de aplicaciones, así como conceder licencias de estas, diseñadas para funcionar con la plataforma Base44 («Plantillas de Aplicaciones» o «Plantillas»). Permite a los Miembros de Base44 (según se definen a continuación) descubrir Creadores, consultar su perfil y adquirir licencias de uso único para Plantillas de Aplicaciones. Base44 no ofrece ni presta servicios directamente en el Mercado de Plantillas de Aplicaciones, sino que actúa bajo la autorización de los Creadores para conceder y vender licencias de las Plantillas de Aplicaciones. Los Creadores siguen siendo los únicos responsables de sus Plantillas.
3. Incorporación al Programa
3.1. Para iniciar el proceso de inscripción, el candidato a Afiliado deberá presentar una Solicitud de Afiliación completa a través de la Plataforma Base44 con información detallada, veraz y exacta. Base44 evaluará dicha solicitud de buena fe y notificará su aceptación o rechazo en un plazo aproximado de sesenta (60) días hábiles. El candidato solo adquirirá la condición de participante en el Programa después de haber recibido la confirmación formal por escrito de Base44.
3.2. Base44 se reserva el derecho de rechazar una Solicitud de Afiliación si determina, a su exclusivo criterio, que el Sitio del Afiliado o sus actividades no son adecuados para el Programa por cualquier motivo. Si Base44 acepta la Solicitud de Afiliación y posteriormente determina, a su entera discreción, que el Sitio del Afiliado o sus actividades son incompatibles con el Programa, Base44 podrá poner fin a la participación del Afiliado en el Programa en cualquier momento.
3.3. Entre los Sitios del Afiliado o las actividades incompatibles, se cuentan sitios que no generen un volumen suficiente de visitantes, sitios que muestren contenido ilegal, ofensivo, abusivo o infractor, o actividades relacionadas con estos, o que incorporen imágenes o contenido que sea, de cualquier manera, ilícito, perjudicial, amenazante, difamatorio, obsceno, acosador u objetable por motivos raciales, éticos o de cualquier otra índole, entre ellos, sitios o actividades que promuevan la violencia; promuevan los juegos de azar; promuevan la discriminación por motivos de raza, sexo, religión, nacionalidad, discapacidad, orientación sexual o edad; promuevan actividades ilegales o incorporen materiales que infrinjan o ayuden a terceros a infringir derechos de autor, marcas registradas u otros derechos de propiedad intelectual de terceros o de Base44; o estén dirigidos a niños menores de 13 años (colectivamente, las «Restricciones de Contenido»).
3.4. Base44 no deberá brindar ninguna explicación sobre el rechazo de un candidato a Afiliado.
3.5. El rechazo de una Solicitud de Afiliación por parte de Base44 no menoscabará el derecho del Afiliado a volver a presentar una solicitud al Programa en cualquier momento posterior, siempre que el Afiliado cumpla las disposiciones de este Acuerdo.
3.6. Una vez aceptado en el Programa, el Afiliado autoriza que Base44 (a) le envíe periódicamente correos electrónicos y otras comunicaciones relacionadas con el Programa; y (b) revise y supervise el Sitio del Afiliado para verificar el cumplimiento de este Acuerdo.
3.7. El Afiliado no podrá comprar ni registrar palabras clave de motores de búsqueda u otras palabras clave de pago por clic, marcas registradas, direcciones de correo electrónico o nombres de dominio que utilicen las Marcas de Base44 o cualquier variación o error ortográfico de estas que pueda ser engañosa o causar confusión por la semejanza con las Marcas de Base44. El Afiliado deberá añadir las Marcas de Base44 como palabras clave negativas para evitar el incumplimiento de esta sección.
4. Códigos de Seguimiento y Anuncios
4.1. Para garantizar exactitud en el seguimiento, la elaboración de informes y la acumulación de Comisiones por Referencia, Base44 proporcionará al Afiliado un Código de Seguimiento específico. El Afiliado deberá asegurarse de que cada uno de los enlaces entre su Sitio del Afiliado y la Plataforma Base44 utilice correctamente los Códigos de Seguimiento proporcionados.
4.2. El Afiliado no está autorizado a alterar, modificar ni cambiar ninguno de los Códigos de Seguimiento. El Afiliado solo recibirá pagos de conformidad con el Plan de Comisiones por Referencia. Base44 no será responsable ante el Afiliado por ningún incumplimiento de este en el uso de dichos Códigos de Seguimiento. Base44 no se responsabilizará de los errores que puedan producirse en el seguimiento de las transacciones si el Afiliado ha realizado o provocado alguna modificación del Código de Seguimiento. Para evitar cualquier duda, el Afiliado utilizará el Código de Seguimiento únicamente para los fines del Programa. Cualquier otro uso del Código de Seguimiento se considerará nulo y, a entera discreción de Base44, constituirá un incumplimiento de este Acuerdo y no dará derecho al Afiliado a ninguna Comisión basada en dicho uso no autorizado.
4.3. Por el presente, Base44 concede al Afiliado una licencia limitada, no exclusiva e intransferible para utilizar las Marcas de Base44 incluidas en los Anuncios que Base44 proporcione al Afiliado, exclusivamente a efectos de este Acuerdo (la «Licencia»). Base44 suministrará al Afiliado la información necesaria para que este pueda crear Anuncios adecuados desde el Sitio del Afiliado hacia la Plataforma Base44, salvo que Base44 los haya aprobado con anterioridad y por escrito. El Afiliado no podrá utilizar las Marcas de Base44 fuera de los usos autorizados en los Anuncios. Asimismo, el Afiliado no podrá modificar los Anuncios de ninguna manera, salvo que Base44 lo haya aprobado con anterioridad y por escrito. La Licencia expirará cuando venza o termine el Periodo de Afiliación.
4.4. El Afiliado deberá exhibir los Anuncios con el debido decoro, ubicándolos de forma contigua al uso principal o más destacado de dicho material en el medio publicitario correspondiente. Lo anterior estará sujeto a las condiciones adicionales que Base44 pueda imponer y comunicar al Afiliado oportunamente, incluidas las pautas sobre las marcas registradas de Base44. El Afiliado no podrá utilizar los Anuncios ni las Marcas de Base44 incluidas en ellos de una manera que, a entera discreción de Base44, resulte denigrante o presente de cualquier otro modo a Base44 bajo una perspectiva negativa. El Afiliado no tendrá ningún otro derecho, título o interés sobre los Anuncios ni sobre las Marcas de Base44 incluidas en ellos, salvo el especificado en la Licencia limitada concedida en el presente.
4.5. EL AFILIADO SERÁ EL ÚNICO RESPONSABLE DEL CONTENIDO Y LA FORMA DE SUS ACTIVIDADES DE MARKETING. TODAS LAS ACTIVIDADES DE MARKETING DEBERÁN SER PROFESIONALES, ADECUADAS Y CONFORMES A LAS NORMAS O LAS LEYES VIGENTES.
4.6. Base44 podrá, en cualquier momento y sin previo aviso, exigir al Afiliado que elimine o modifique los Anuncios, o bien sustituir dinámicamente el material creativo o el texto de Base44 por otro material creativo o texto que Base44 considere adecuado, a su entera discreción.
4.7. Entre el Afiliado y Base44, Base44 será titular de todos los derechos, títulos e intereses, incluidos todos los Derechos de Propiedad Intelectual, sobre la Plataforma Base44, el Programa y las Marcas de Base44.
4.8. El Afiliado deberá incluir en su Sitio del Afiliado, en un lugar destacado y de fácil acceso, una declaración que indique que participa en programas de afiliados que pueden otorgarle una recompensa monetaria por remitir visitantes del Sitio a anunciantes y otros terceros. Dicha declaración deberá cumplir todas las leyes, normas y reglamentos vigentes.
5. Requisito de rendimiento mínimo
5.1. La participación en el Programa de Afiliados está condicionada a que cada Afiliado alcance el Requisito Mínimo de Transacciones en cada mes natural durante su participación en el Programa.
5.2. El Requisito Mínimo de Transacciones consiste en alcanzar, en cada mes natural, un número de Transacciones de Afiliación que genere para usted una comisión de, al menos, trescientos dólares estadounidenses (USD 300) al mes (el «Importe Umbral Mensual»). Base44 tendrá derecho a modificar el Requisito Mínimo de Transacciones en cualquier momento, a su exclusivo criterio. En caso de dicha modificación, Base44 notificará a todos los Afiliados activos que participen en el Programa.
5.3. Si un Afiliado no alcanza el Requisito Mínimo de Transacciones, Base44 tendrá derecho, a su entera discreción, a poner fin a la participación de dicho Afiliado en el Programa de Afiliados. De proceder con dicha interrupción, Base44 notificará al Afiliado que su participación en el Programa ha sido rescindida (un «Afiliado Rescindido»). En tal caso, Base44 pagará por el número real de Transacciones de Afiliación que se hayan realizado, siempre que el Afiliado haya cumplido los términos de este Acuerdo y las transacciones no se hayan obtenido de manera fraudulenta. Fuera de ello, el Afiliado Rescindido no tendrá ningún reclamo ni demanda contra Base44 como consecuencia de dicha terminación. Como alternativa, Base44 podrá, a su entera y absoluta discreción, decidir no terminar la participación del Afiliado en el Programa en caso de incumplimiento del Requisito Mínimo de Transacciones durante un mes determinado; y, en esa situación, Base44 pagará la Comisión de Afiliado una vez que se haya acumulado el Importe Umbral Mensual.
5.4. Un Afiliado rescindido no tendrá derecho a volver a incorporarse al Programa de Afiliados durante un periodo de seis (6) meses a partir de la fecha en que terminó su participación en el Programa.
6. Correos Electrónicos y publicaciones
6.1. Si el Afiliado envía o hace que se envíen mensajes o comunicaciones por medios electrónicos, entre otros, correos electrónicos y mensajes instantáneos («Correos Electrónicos») relacionados directa o indirectamente con este Acuerdo o el Programa, el Afiliado acepta, reconoce, declara y garantiza que todos dichos Correos Electrónicos cumplirán plenamente todas las leyes y reglamentos federales y estatales vigentes relativos al uso de mensajes electrónicos, entre ellos, la Ley de Control del Ataque de Pornografía y Marketing No Solicitados de 2003 («Ley CAN-SPAM») y la Ley de Protección de la Privacidad Infantil en Internet de 1998 («Ley COPPA»), así como todas las demás leyes aplicables al Afiliado y al Sitio del Afiliado, entre otras, las leyes y directivas europeas y los reglamentos de la Comisión Federal de Comercio. El Afiliado será el único responsable de verificar el cumplimiento de las leyes de su jurisdicción.
6.2. El Afiliado acepta no utilizar SPAM para promocionar Base44. Base44 mantiene una política de tolerancia CERO respecto del envío de SPAM, por ejemplo, los correos electrónicos comerciales no solicitados. Esta conducta puede dar lugar a la suspensión o terminación inmediata de la cuenta del Afiliado, junto con la cancelación y la posible pérdida de cualquier Comisión pendiente. El Afiliado también incumplirá este Acuerdo y podrá ser objeto de acciones legales y considerado responsable de cualquier pérdida financiera sufrida por Base44.
6.3. Se considerará SPAM, de manera enunciativa mas no limitativa, lo siguiente: enviar, iniciar o procurar el envío de un Correo Electrónico a cualquier persona que no haya solicitado expresamente recibir dichos mensajes (o que haya solicitado expresamente no recibir más Correos Electrónicos) del Afiliado en cuestión. Tal definición también incluye enviar correos electrónicos masivos no solicitados, realizar «envíos masivos» o enviar SPAM a cualquier foro público, como blogs, foros de mensajes, listados clasificados, sitios de subastas, altnet, newsnet, grupos de noticias o servicios similares.
6.4. Utilizar información falsa o engañosa respecto de la identidad del Afiliado o respecto de la finalidad, el asunto o el origen del mensaje, o no incluir información exacta sobre la identidad del Afiliado y la finalidad, el asunto y el origen del Correo Electrónico.
6.5. Aprovechar vulnerabilidades de seguridad documentadas o no documentadas en cualquier máquina cliente o servidor.
6.6. No (i) incluir líneas «De» y «Asunto» claras, válidas y visibles en el Correo Electrónico; (ii) incluir una dirección de respuesta funcional (o un hipervínculo) en el Correo Electrónico que permita al destinatario enviar una solicitud para dejar de recibir mensajes del Afiliado («Solicitud de Exclusión») durante un periodo no inferior a treinta (30) días desde la fecha de envío del Correo Electrónico; o (iii) respetar cualquier Solicitud de Exclusión dentro de los diez (10) días siguientes a su recepción por parte del Afiliado.
6.7. Obtener direcciones de correo electrónico por medios automatizados o enviar cualquier Correo Electrónico a una dirección obtenida por medios automatizados, incluso mediante la combinación automatizada de nombres, letras o números, ataques de diccionario, o mediante el uso de spyware, virus u otros medios para eludir la seguridad del sistema o invadir la privacidad de los consumidores.
6.8. Utilizar información fraudulenta, engañosa, falsa o equívoca en relación con los Correos Electrónicos.
6.9. Enviar cualquier Correo Electrónico de marketing comercial o promoción a cualquier persona menor de dieciocho (18) años o recopilar información de identificación personal de esta.
6.10. El Afiliado podrá utilizar Códigos de Seguimiento en los Correos Electrónicos que envíe a usuarios registrados del Sitio del Afiliado.
7. Cumplimiento de las leyes y los reglamentos; ausencia de conflictos
7.1. El Afiliado deberá cumplir todas las leyes, los reglamentos (entre otros, las Guías de recomendación de la Comisión Federal de Comercio) y los estatutos vigentes de los Estados Unidos o de cualquier otro estado, país o jurisdicción en que actúe, por ejemplo, aquellos relativos a la divulgación publicitaria, el envío de correos electrónicos o las comunicaciones electrónicas. El Afiliado será responsable de conocer todos esos reglamentos, estatutos y leyes.
7.2. El Afiliado solo podrá enviar Correos Electrónicos que contengan un Código de Seguimiento o un mensaje relativo a Base44 o al Programa de Base44. Cualquier tipo de incumplimiento por parte del Afiliado de lo dispuesto en esta Sección 7, la Ley CAN-SPAM o de Ley COPPA se considerará una infracción sustancial de este Acuerdo por parte del Afiliado y supondrá la pérdida de todos y cada uno de los derechos que el Afiliado pueda tener sobre cualquier Comisión de Afiliado.
7.3. El Afiliado se compromete a informar inmediatamente por escrito a Base44 si participa en otros programas ofrecidos por Base44. En tal caso, Base44 podrá, a su entera discreción, optar por mantener al Afiliado únicamente en uno de los programas. Si Base44 tiene dudas de que el Afiliado participe en dos o más programas diferentes sin la aprobación previa y por escrito de Base44, Base44 podrá rescindir inmediatamente el Acuerdo, y quedará anulado y cancelado cualquier importe impago o devengado (ya sea procedente de uno o de todos los programas), todo ello a entera discreción de Base44. Sin perjuicio de lo anterior, Base44 tendrá derecho a reclamar la devolución de todas las Comisiones pagadas a un Afiliado que haya participado en dos o más programas diferentes sin la aprobación previa y por escrito de Base44.
8. Prohibición de Enlaces Patrocinados y otras actividades
8.1. El Afiliado no podrá utilizar, obtener, pujar ni gestionar de cualquier otro modo un Enlace Patrocinado que utilice o incluya cualquiera de las Marcas de Base44.
8.2. El Afiliado no podrá registrar, obtener ni utilizar ningún nombre de dominio de Internet que incluya cualquiera de las Marcas de Base44 o cualquier variación de estas.
8.3. El Afiliado no podrá promocionar ninguna Condición de Venta Especial ofrecida por Base44.
8.4. El Afiliado no podrá ofrecer a ninguna persona o entidad pagos, incentivos ni ningún otro estímulo para generar tráfico o conversiones por ningún medio directo o indirecto que no haya sido expresamente aprobado por Base44 por escrito (como reembolsos, devoluciones de dinero, publicidad de «pago por clic» o descuentos) a cambio de utilizar los Enlaces Designados o convertir una cuenta gratuita de Base44 en un Paquete Premium.
8.5. El Afiliado no podrá registrar, redirigir, leer ni completar en nombre del Usuario Referido el contenido de ningún formulario electrónico u otro material enviado a Base44 por cualquier Usuario Referido. El Afiliado no podrá registrar a ningún Usuario Referido en la Plataforma Base44 ni en ningún Paquete Premium en nombre de dicho Usuario Referido.
8.6. El Afiliado no podrá publicar Enlaces Designados ni otro contenido que promocione la Plataforma Base44 dentro de ventanas emergentes o ventanas subyacentes.
8.7. El Afiliado no podrá utilizar técnicas de cookie stuffing para instalar la cookie de seguimiento del Afiliado sin conocimiento del Usuario Referido (por ejemplo, mediante el uso de iframes).
8.8. El Afiliado tiene prohibido realizar afirmaciones inexactas, engañosas o equívocas sobre Base44 y los servicios de Base44. Tampoco puede (i) realizar cualquier acción que pueda hacer que los visitantes del Sitio del Afiliado confundan al Afiliado con Base44; o (ii) tergiversar la relación entre el Afiliado y Base44. Para evitar cualquier duda, el Afiliado no podrá afirmar que Base44 respalda, apoya o patrocina el Sitio del Afiliado.
8.9. El Afiliado no podrá utilizar ningún Anuncio ni Enlace Designado que se relacione con aplicaciones de software del lado del cliente (por ejemplo, barras de herramientas, extensiones o cualquier otra aplicación que los visitantes de un Sitio descarguen o instalen) en ningún dispositivo.
9. Comisiones por Referencia
9.1. Con arreglo a lo dispuesto en la Sección 9.5, por cada nuevo Paquete Premium de Base44 adquirido por un Usuario Premium Referido mediante los Códigos de Seguimiento y los Enlaces Designados del Afiliado a través del primer «clic» (según se explica a continuación), pero antes de la finalización del Periodo de Afiliación y sujeto al cumplimiento por parte del Afiliado de las disposiciones de este Acuerdo (una «Compra Cualificada»), el Afiliado tendrá derecho a recibir Comisiones de Afiliado de conformidad con el Plan de Comisiones por Referencia indicado en el Panel de Control para dicho Afiliado. Para evitar cualquier duda, la elegibilidad para las Comisiones de Afiliado se basa en un enfoque de «primer clic», de modo que únicamente el Afiliado a través del cual un posible Usuario Premium Referido haya realizado su primer clic hacia la Plataforma Base44 (pero sujeto a todos los demás términos del presente) tendrá derecho a recibir Comisiones por la primera Compra Cualificada realizada por dicho usuario.
9.2. Sin perjuicio de lo dispuesto en la Sección 9.1 anterior, si se realiza una Compra Cualificada y dicha compra está sujeta a Condiciones de Venta Especiales, las Comisiones de Afiliado pagaderas al Afiliado, si las hubiera, estarán sujetas a la reducción correspondiente al descuento u otros beneficios especiales aplicables al Paquete Premium en virtud de dichas Condiciones de Venta Especiales.
9.3. Durante la Vigencia de este Acuerdo, Base44 realizará el seguimiento de cualquier Usuario Referido asociando a dicho Usuario Referido un Código de Seguimiento que se conservará durante un periodo de treinta (30) días, siempre que dicho periodo se encuentre dentro del Periodo de Afiliación. Si el Usuario Referido no se registra como Usuario Premium Referido durante dicho periodo, el Afiliado no tendrá derecho a ninguna Comisión de Afiliado respecto de dicho usuario, incluso si posteriormente dicho Usuario Referido realiza las acciones determinadas conforme a los Requisitos de Conversión aplicables.
9.4. Base44 tendrá derecho a conceder recompensas adicionales a cualquiera de sus Afiliados a su entera discreción.
9.5. Por el presente, se aclara que las Comisiones por Referencia son pagaderas a un Afiliado elegible solo por la primera Compra Cualificada realizada por el Usuario Premium Referido correspondiente. La Comisión por Referencia no se aplicará a renovaciones, versiones de prueba (si corresponde), una segunda compra ni a ninguna otra compra.
10. Pago de las Comisiones de Afiliado y elaboración de informes
10.1. Los informes mensuales que resumen la actividad de ventas de los Usuarios Premium Referidos, según sea pertinente y necesario para calcular la Comisión de cada Afiliado correspondiente al mes anterior, estarán disponibles para el Afiliado a través del Panel de Control (el «Informe Mensual»). Base44 podrá revisar la forma, el contenido y la frecuencia de los Informes Mensuales a su entera discreción y actualizarlos periódicamente. Dichos informes se emitirán dentro de las tres (3) semanas posteriores al final del mes correspondiente. Las facturas presentadas antes de la difusión del Informe Mensual que no correspondan al importe indicado en dicho Informe Mensual serán devueltas al Afiliado sin derecho a pago.
10.2. Las Comisiones de Afiliado serán pagaderas aproximadamente cuarenta y cinco (45) días después del final de cada mes natural (el «Día de Pago»), siempre que Base44 haya recibido del Afiliado una factura, al menos, treinta (30) días antes y que dicha factura corresponda al respectivo Informe Mensual.
10.3. En ningún caso, Base44 pagará Comisiones a un Afiliado hasta que, y a menos que, se haya acumulado en la cuenta del Afiliado, al menos, el Importe Umbral Mensual. Por lo tanto, si, en un mes determinado, el Afiliado no ha alcanzado, al menos, el Importe Umbral antes del Día de Pago, las Conversiones alcanzadas (y las Comisiones correspondientes) se trasladarán y se añadirán a las Comisiones de Afiliado del mes siguiente. Si el Afiliado no alcanza el Importe Umbral Mensual durante tres (3) meses naturales consecutivos, Base44 podrá considerar, a su entera y absoluta discreción, que dicho Afiliado no está activo. En ese caso, quedarán anuladas y canceladas las Comisiones correspondientes a las Conversiones o los Usuarios Premium Referidos alcanzadas hasta ese momento, y Base44 podrá rescindir este Acuerdo sin responsabilidad alguna, incluidas las obligaciones de pago, frente al Afiliado.
10.4. Base44 pagará Comisiones de Afiliado sobre los Códigos de Seguimiento que sean rastreados automáticamente por el sistema de afiliación de Base44 y comunicados a través del Panel de Control. Base44 no pagará Comisiones de Afiliado si el Código de Seguimiento no es rastreado por el sistema de afiliación de Base44 y comunicado a través del Panel de Control.
10.5. Todos los pagos de las Comisiones de Afiliado serán exigibles y pagaderos exclusivamente en dólares estadounidenses, salvo que Base44 determine lo contrario a su entera discreción. El pago se realizará contra la presentación de una factura válida emitida por el Afiliado, mediante transferencia bancaria o cualquier otro método elegido por Base44, a su exclusivo criterio. El Afiliado será responsable de proporcionar a Base44 todos los datos completos y exactos que se requieran para abonar las Comisiones de Afiliado y asumirá la responsabilidad exclusiva de cualquier retraso en el pago derivado de su falta de suministro oportuno y debido de dichos datos a Base44.
10.6. En caso de que Base44 detecte cualquier actividad que considere sospechosa a su exclusivo criterio, podrá retrasar el pago de las Comisiones de Afiliado al Afiliado unos sesenta (60) días, como máximo, para verificar las transacciones pertinentes. Si Base44 determina que la actividad constituye Tráfico Fraudulento, podrá recalcular o retener las Comisiones de Afiliado según corresponda y a su entera discreción. Por el presente, se aclara que, si Base44 determina que el Afiliado ha actuado infringiendo este Acuerdo o participa, directa o indirectamente, en cualquier actividad fraudulenta, engañosa, manipuladora o de cualquier otro modo ilegal relacionada con Base44, por ejemplo, la Plataforma Base44, los Códigos de Seguimiento o los Usuarios, Base44 tendrá derecho, además de cualquier otro derecho o recurso disponible en virtud de este Acuerdo o de la legislación vigente, a dejar inoperativos los Códigos de Seguimiento asignados a dicho Afiliado y bloquear de inmediato el acceso del Afiliado al Programa, sin compensación alguna para el Afiliado. Por el presente, el Afiliado renuncia irrevocablemente a cualquier reclamo o demanda contra Base44, sus directores, ejecutivos, accionistas o empleados en relación con las medidas adoptadas por Base44.
10.7. El Afiliado será responsable del pago de todos los impuestos aplicables al desarrollo de su actividad comercial. El pago al Afiliado estará sujeto a las obligaciones de retención fiscal aplicables por ley. Se acuerda que las Comisiones por Referencia incluyen todos los impuestos aplicables conforme a cualquier ley, incluido el IVA.
10.8. Si se hubiera efectuado algún pago en exceso al Afiliado, Base44 se reserva el derecho de ajustar o compensar dicho importe excedente contra cualquier Comisión posterior pagadera al Afiliado.
11. Políticas y precios de los servicios de procesamiento de transacciones de Base44
11.1. Base44 procesará las transacciones realizadas por Usuarios que hayan utilizado los Códigos de Seguimiento desde el Sitio del Afiliado hasta la Plataforma Base44.
11.2. Base44 se reserva el derecho de rechazar transacciones que no cumplan determinados requisitos razonables establecidos periódicamente por la empresa.
11.3. Base44 será responsable de todos los aspectos del procesamiento y del cumplimiento de las transacciones.
11.4. Base44 rastreará las compras generadas por Usuarios remitidos a través del Sitio del Afiliado. Para garantizar exactitud en el seguimiento, la elaboración de informes y la acumulación de Comisiones de Afiliado, el Afiliado deberá asegurarse de que los Códigos de Seguimiento tengan el formato correcto. Base44 no será responsable de los Códigos de Seguimiento cuyo formato sea incorrecto.
11.5. Base44 podrá modificar los precios, las políticas y los procedimientos operativos en cualquier momento, de conformidad con las leyes vigentes. Por ejemplo, Base44 determinará los precios que se cobrarán por los servicios de conformidad con sus propias políticas de precios. En caso de que dichas modificaciones afecten a elementos que el Afiliado ya haya presentado en el Sitio del Afiliado, en los Anuncios o en cualquier otra información suministrada por el Afiliado a terceros con respecto a este Acuerdo y su participación en el Programa, el Afiliado deberá realizar un seguimiento de dichos cambios y reflejarlos en el Sitio del Afiliado o en cualquier otro medio de difusión pertinente.
11.6. El Afiliado podrá vincular a otras entidades en calidad de subafiliados con el fin de remitir a los visitantes de los sitios web de dichos subafiliados a la Plataforma Base44 mediante los Enlaces Designados y los Anuncios («Subafiliados»).
11.7. El Afiliado deberá informar inmediatamente a Base44 sobre cualquier Subafiliado que vincule y proporcionarle todos los datos que esta requiera periódicamente en relación con dicho Subafiliado.
11.8. El Afiliado asumirá plena y exclusiva responsabilidad por las actividades realizadas por sus Subafiliados. El Afiliado deberá exigir que estos estén sujetos a las mismas restricciones que se aplican a los Afiliados. El Afiliado deberá supervisar periódicamente las actividades de sus Subafiliados y verificar que cumplan dichas disposiciones.
11.9. El Afiliado será responsable del pago de cualquier comisión, recompensa y otra compensación a sus Subafiliados. Como los Subafiliados no son Afiliados registrados, Base44 no tendrá la obligación de pagar ningún monto ni Comisión por Referencia al Subafiliado, incluso si dicho Subafiliado genera tráfico o transacciones para Base44.
11.10. El Afiliado será responsable ante Base44, a todos los efectos legales, del cumplimiento de las obligaciones de sus Subafiliados. Cualquier actividad (o falta de actividad) de un Subafiliado que infrinja este Acuerdo se considerará una infracción contractual por parte del Afiliado.
11.11. Si Base44 solicita al Afiliado que deje de vincular a un Subafiliado como tal, el Afiliado deberá hacerlo de inmediato. Base44 no tendrá la obligación de proporcionar ningún tipo de explicación sobre dicha solicitud.
12. Periodo de Afiliación y terminación
12.1. El periodo de participación del Afiliado en el Programa comenzará cuando Base44 acepte la Solicitud de Afiliado y finalizará cuando cualquiera de las partes emita una notificación de terminación de conformidad con las disposiciones de esta Sección 12 (el «Periodo de Afiliación»).
12.2. Cualquiera de las partes podrá terminar el Periodo de Afiliación y su propia participación en el Programa en cualquier momento, con causa o sin esta, mediante notificación previa por escrito a la otra parte con diez (10) días de antelación.
12.3. La terminación del Periodo de Afiliación dará lugar a la desactivación o la eliminación de la cuenta del Afiliado o de su acceso a la cuenta de Afiliado en la Plataforma Base44, así como a la pérdida y la renuncia de todas las Comisiones de Afiliado posibles o pendientes de pago que figuren en la cuenta del Afiliado.
12.4. Con arreglo a las disposiciones de la Sección 10 anterior y salvo que se indique lo contrario, tras la terminación del Periodo de Afiliación, el Afiliado tendrá derecho a recibir las Comisiones de Afiliado correspondientes a los Usuarios Premium Referidos acumuladas durante la Vigencia de este Acuerdo.
12.5. En caso de incumplimiento sustancial de este Acuerdo por parte del Afiliado, Base44 podrá, a su entera y absoluta discreción, terminar inmediatamente el Periodo de Afiliación, sin notificación previa; y el Afiliado no tendrá derecho a recibir ninguna Comisión de Afiliado impaga que se hubiera acumulado antes de dicha terminación.
12.6. Una vez terminado el Periodo de Afiliación por cualquier motivo, el Afiliado deberá eliminar de inmediato todos los Códigos de Seguimiento, Anuncios y demás contenido relacionado con el Programa de su Sitio del Afiliado o de cualquier otro medio de comunicación utilizado por el Afiliado. El Afiliado deberá cesar inmediatamente el uso de todos los enlaces a la Plataforma Base44, todas las Marcas de Base44 y todos los demás materiales proporcionados por Base44 o en su nombre al Afiliado y eliminarlos del Sitio del Afiliado en virtud del presente o en relación con el Programa.
12.7. Las Secciones 2, 4.5 y 13-20 de este Acuerdo, así como cualquier otra disposición que, por sus términos expresos o por su naturaleza, deba subsistir una vez terminado el Periodo de Afiliación, continuarán vigentes pese a dicha terminación.
13. Confidencialidad
13.1. Base44 podrá revelar al Afiliado determinada información como resultado de su participación en el Programa, información que consideramos confidencial (en lo sucesivo, «Información Confidencial»). A efectos de este Acuerdo, el término «Información Confidencial» incluirá, entre otros, (i) cualquier modificación de los términos y las disposiciones del Programa realizada específicamente para el Afiliado o el Sitio del Afiliado que no esté disponible de forma general para otros afiliados del Programa; (ii) pautas de precios, futuros lanzamientos de servicios, secretos comerciales, conocimientos técnicos, invenciones, procesos, programas, esquemas, datos, listas de precios y descuentos, listas de clientes, información financiera y planes de ventas y de marketing relacionados con Base44 o sus servicios. La Información Confidencial también abarcará cualquier información que Base44 designe como tal durante la Vigencia de este Acuerdo. La Información Confidencial no incluirá información que (a) la otra parte conociera previamente sin obligación de confidencialidad ni incumplimiento de este Acuerdo; (b) se divulgue públicamente (por medios ajenos al Afiliado) antes o después de que el Afiliado reciba dicha información; o (c) deba ser divulgada por la otra parte por ley o por orden de un tribunal u organismo judicial o administrativo similar.
13.2. El Afiliado deberá, durante toda la Vigencia del Acuerdo y en todo momento posterior, mantener y conservar dicha información bajo la más estricta confidencialidad y no utilizarla para ningún otro fin que no sea el razonablemente necesario para el cumplimiento de sus obligaciones conforme a este Acuerdo, sin el consentimiento previo y por escrito de Base44.
14. Disposiciones generales, responsabilidades del Afiliado, declaraciones y garantías
14.1. Por el presente, el Afiliado declara y garantiza que es mayor de dieciocho (18) años y que está plenamente cualificado y capacitado para celebrar este Acuerdo.
14.2. El Afiliado proporcionará datos exactos y completos sobre su identidad y datos personales, tales como cuenta bancaria, instrucciones para transferencias, dirección u otra información requerida.
14.3. El Afiliado será el único responsable del desarrollo, del funcionamiento y del mantenimiento del Sitio del Afiliado y de las actividades del Afiliado, así como de todos los materiales relacionados. El Afiliado indemnizará y mantendrá indemne a Base44 frente a todos los reclamos, daños y gastos en que incurra Base44 como consecuencia de reclamos de terceros relacionados con el desarrollo, el funcionamiento, el mantenimiento, la forma y el contenido del Sitio del Afiliado o con las actividades del Afiliado.
14.4. Si cualquier entidad o persona (incluidos empleados, agentes, subcontratistas o representantes del Afiliado; cada uno de ellos, un «Agente del Afiliado») participa en el Programa o actúa en nombre del Afiliado, este deberá garantizar que dicho agente cumpla íntegramente los términos de este Acuerdo y será plenamente responsable de cualquier acción u omisión de dicho agente.
14.5. Por el presente, el Afiliado declara y garantiza a Base44 que los materiales publicados en su Sitio del Afiliado no violan ni infringen los derechos de ningún tercero y que dichos materiales no son difamatorios ni ilegales de otro modo, ni pueden provocar que el Afiliado incumpla cualquiera de sus declaraciones y obligaciones en virtud de este Acuerdo. Base44 declina toda responsabilidad por cualquiera de estos asuntos.
14.6. Este Acuerdo ha sido debidamente celebrado y formalizado por el Afiliado (mediante la aceptación de sus términos) y constituye una obligación legal, válida y vinculante del Afiliado, exigible frente a este de conformidad con los términos aquí establecidos.
14.7. La celebración, la formalización y el cumplimiento por parte del Afiliado de las obligaciones derivadas de este Acuerdo no contravendrán ni vulnerarán —ya sea con notificación o sin esta, por el transcurso del tiempo o ambos— ninguna disposición legal, norma o reglamento vigente; ninguna orden, sentencia o decreto aplicable a su persona o vinculante para sus activos o bienes; ninguna disposición de los estatutos o certificado de constitución del Afiliado; ni ningún acuerdo u otro instrumento aplicable al Afiliado o vinculante para sus activos o bienes.
14.8. El Afiliado no deberá obtener ni presentar ningún consentimiento, aprobación, autorización o exención de ninguna autoridad gubernamental o tercero, ni tampoco realizar ninguna inscripción o trámite ante estos, en relación con la celebración, la formalización y el cumplimiento de este Acuerdo ni con la adopción por parte del Afiliado de cualquier otra medida conforme al presente documento.
14.9. Según el leal saber y entender del Afiliado, no existe ningún reclamo, acción o procedimiento pendiente o bajo amenaza en su contra ni contra ninguna de sus entidades afiliadas relacionados con la celebración, la formalización o el cumplimiento de este Acuerdo, ni con ninguna infracción de propiedad intelectual. Asimismo, el Afiliado manifiesta que no tiene conocimiento de causa o motivo alguno que pudiera dar origen a dichos reclamos, acciones o procedimientos.
14.10. El Afiliado entiende que Base44 podrá, en cualquier momento (directa o indirectamente) solicitar referencias de clientes en términos que pueden diferir de los incluidos en este Acuerdo o gestionar sitios que sean similares al Sitio del Afiliado o compitan con este.
14.11. Base44 tendrá derecho, a su entera discreción, a supervisar el Sitio del Afiliado en cualquier momento y periódicamente para determinar si el Afiliado cumple los términos de este Acuerdo. Cualquier desviación de las pautas y del tratamiento descriptos en este Acuerdo deberá ser aprobada previamente y por escrito por Base44.
15. Relación entre las partes
15.1. Base44 y el Afiliado son contratistas independientes, y ninguna disposición de este Acuerdo creará sociedad, empresa conjunta, relación de agencia, franquicia, representación de ventas o relación laboral alguna entre las partes.
15.2. El Afiliado no tendrá autoridad para realizar ni aceptar ofertas o declaraciones en nombre de Base44. El Afiliado no hará ninguna declaración, ya sea en su Sitio del Afiliado o en cualquier otro medio, que contradiga razonablemente cualquier disposición de este Acuerdo.
16. Exenciones de garantía
16.1. Base44 NO OFRECE NINGUNA GARANTÍA NI DECLARACIÓN, EXPRESA O IMPLÍCITA, CON RESPECTO AL ACUERDO, AL PROGRAMA NI A LA INFORMACIÓN QUE DEBA SUMINISTRARSE EN VIRTUD DEL PRESENTE, INCLUIDAS, ENTRE OTRAS, GARANTÍAS DE IDONEIDAD, COMERCIABILIDAD, AUSENCIA DE INFRACCIÓN O CUALQUIER GARANTÍA IMPLÍCITA DERIVADA DEL CURSO DE EJECUCIÓN, NEGOCIACIÓN, USO COMERCIAL O IDONEIDAD PARA UN FIN DETERMINADO.
16.2. Base44 NO REALIZA NINGUNA DECLARACIÓN SOBRE LA INFORMACIÓN QUE FIGURA EN SU SITIO. LOS MATERIALES DEL SITIO DE Base44 Y DE LOS SITIOS AFILIADOS SE PROPORCIONAN «TAL COMO ESTÁN», SIN NINGUNA GARANTÍA EXPRESA O IMPLÍCITA DE NINGÚN TIPO. Base44 NO GARANTIZA LA EXACTITUD NI LA INTEGRIDAD DE LA INFORMACIÓN, LOS TEXTOS, LOS GRÁFICOS, LOS ENLACES U OTROS ELEMENTOS INCLUIDOS EN LOS SITIOS DE Base44. CUALQUIER INFORMACIÓN OFRECIDA EN EL SITIO DE Base44 PUEDE CAMBIAR EN CUALQUIER MOMENTO SIN PREVIO AVISO.
16.3. Si los materiales o los servicios proporcionados resultaran defectuosos o causaran cualquier daño al equipo o cualquier pérdida o inconveniente al Afiliado o a cualquier persona que reclame a través del Afiliado, el Afiliado asumirá íntegramente el costo y la responsabilidad correspondientes.
16.4. El Afiliado indemnizará y mantendrá indemne a Base44, sus subsidiarias, ejecutivos, empleados, agentes y terceros frente a cualquier reclamo, responsabilidad, pérdida, costo, daño o gasto (incluidos los honorarios de abogados) que surja directa o indirectamente en relación con las operaciones o el sitio web del Afiliado, o de cualquier controversia entre el Afiliado y cualquier otra parte relacionada con este Acuerdo, la participación en el Programa, el Sitio o los Sitios, o los servicios prestados por Base44.
17. Limitaciones de responsabilidad
17.1. BAJO NINGUNA CIRCUNSTANCIA, Base44, SUS SUBSIDIARIAS, EJECUTIVOS, DIRECTORES, EMPLEADOS O PROVEEDORES SERÁN RESPONSABLES DE NINGÚN DAÑOS O PÉRDIDA, YA SEA DIRECTO O INDIRECTO, DEL AFILIADO, DEL USUARIO O DE CUALQUIER OTRO TERCERO QUE PUEDA SURGIR COMO CONSECUENCIA DE LO SIGUIENTE: (I) «TIEMPO DE INACTIVIDAD» O DISPONIBILIDAD DE LA PLATAFORMA Base44 O DEL PROGRAMA, Y TODO TIPO DE PÉRDIDA QUE PUEDA DERIVAR DEL TIEMPO DE INACTIVIDAD EN EL PROGRAMA O DEL TIEMPO DE INACTIVIDAD DE CUALQUIER OTRO TERCERO; (II) CUALQUIER RESCISIÓN DE ESTE ACUERDO; O (III) CUALQUIER INVERSIÓN, REAL O PREVISTA, DEL AFILIADO RELACIONADA CON SU PARTICIPACIÓN EN EL PROGRAMA DE AFILIADOS.
17.2 SIN PERJUICIO DE CUALQUIER DISPOSICIÓN EN CONTRARIO INCLUIDA EN ESTE ACUERDO, Base44, SUS SUBSIDIARIAS, EJECUTIVOS, DIRECTORES, EMPLEADOS O PROVEEDORES NO SERÁN RESPONSABLES ANTE EL AFILIADO CON RESPECTO A CUALQUIER OBJETO DE ESTE ACUERDO BAJO NINGUNA TEORÍA CONTRACTUAL, DE NEGLIGENCIA, EXTRACONTRACTUAL, DE RESPONSABILIDAD OBJETIVA O CUALQUIER OTRA TEORÍA LEGAL O DE EQUIDAD, POR NINGÚN DAÑO INDIRECTO, INCIDENTAL, CONSECUENTE, ESPECIAL, PUNITIVO O EJEMPLAR (ENTRE ELLOS, LA PÉRDIDA DE FONDO DE COMERCIO O DE INGRESOS REALES O PREVISTOS, GANANCIAS O PÉRDIDA DE NEGOCIOS), INCLUSO SI Base44, SUS SUBSIDIARIAS, EJECUTIVOS, DIRECTORES, EMPLEADOS O PROVEEDORES HUBIERAN SIDO ADVERTIDOS SOBRE LA POSIBILIDAD DE TALES DAÑOS. NUESTRA RESPONSABILIDAD TOTAL DERIVADA DE ESTE ACUERDO Y DEL PROGRAMA NO EXCEDERÁ EL TOTAL DE LAS COMISIONES PAGADAS O PAGADERAS AL AFILIADO EN VIRTUD DE ESTE ACUERDO DURANTE LOS DOCE MESES INMEDIATAMENTE ANTERIORES A LA FECHA EN QUE SE PRODUJO EL HECHO QUE DIO ORIGEN AL RECLAMO DE RESPONSABILIDAD MÁS RECIENTE.
18. Modificación
18.1. Base44 podrá modificar cualquiera de los términos y condiciones incluidos en este Acuerdo, en cualquier momento y a su entera discreción, notificando al Afiliado con catorce (14) días de anticipación respecto de dicha modificación. La notificación de cualquier cambio por correo electrónico a la dirección del Afiliado proporcionada a Base44, o la publicación en nuestro Sitio de un aviso de cambio o de un nuevo acuerdo, se considerará notificación suficiente al Afiliado sobre una modificación de los términos y condiciones de este Acuerdo. Las modificaciones podrán incluir, entre otras, cambios en el alcance de las Comisiones de Afiliado disponibles, los procedimientos y los calendarios de pago, y las reglas del Programa de Afiliación.
18.2 Sin perjuicio de lo dispuesto en la Sección 18.1 anterior, Base44 podrá alterar, modificar o cambiar periódicamente el Plan de Comisiones por Referencia, a su entera y absoluta discreción, siempre que Base44 notifique al Afiliado sobre dicho cambio en el Plan de Comisiones por Referencia. Las Comisiones de Afiliado devengadas con anterioridad a dicho cambio se pagarán según las condiciones vigentes antes de que se realizaran las modificaciones. Las Comisiones por Referencia devengadas después de que dicho cambio entre en vigor se pagarán de conformidad con las nuevas condiciones del Plan de Comisiones por Referencia modificado vigentes en la fecha efectiva en que se realice el pago.
18.3. Si cualquier modificación resulta inaceptable para el Afiliado, su único recurso será rescindir este Acuerdo. La participación continua del Afiliado en el Programa tras la publicación de un aviso de cambio o de un nuevo acuerdo en la Plataforma Base44 constituirá una aceptación vinculante de dicho cambio.
19. Disposiciones varias
19.1. Los encabezados del presente documento se insertan únicamente para facilitar su lectura y no definen, limitan ni describen el alcance de este Acuerdo ni la intención de las sus disposiciones.
19.2. Cualquier explicación o resumen que aparezca bajo la columna derecha titulada «#Esasídefácil» se proporciona con fines de referencia y, en ningún caso, define o explica las secciones o disposiciones de este documento ni obliga legalmente a ninguna de las partes de forma alguna.
19.3. El hecho de que cualquiera de las partes no ejerza ni haga valer cualquier derecho o disposición de los términos y condiciones de este Acuerdo no constituirá una renuncia a dicho derecho o disposición. El hecho de que Base44 no exija el estricto cumplimiento por parte del Afiliado de cualquier disposición de este Acuerdo no constituirá una renuncia al derecho de Base44 de exigir posteriormente el cumplimiento de dicha disposición o de cualquier otra disposición de este Acuerdo.
19.4. Este Acuerdo constituye el entendimiento íntegro entre las partes con respecto al objeto específico contemplado en el presente. Este Acuerdo sustituye a todos y cada uno de los contratos o entendimientos previos, ya sean escritos o verbales, entre las partes; y ninguna de las partes quedará vinculada por declaraciones o manifestaciones que no figuren en este Acuerdo.
19.5. Si surge alguna controversia relacionada con el cumplimiento de este Acuerdo y no se resuelve por la vía conciliatoria, dicha controversia se regirá de forma exclusiva y con carácter definitivo por las leyes de Israel y se interpretará de conformidad con ellas, sin tener en cuenta sus disposiciones sobre conflicto de leyes. Cualquier controversia que se derive de este Acuerdo o se relacione con este se resolverá exclusivamente ante los tribunales competentes de Tel Aviv, Israel.
19.6. Los derechos y las obligaciones de cada parte previstos en este documento redundarán en beneficio de sus respectivos sucesores y cesionarios. No obstante, salvo que se disponga expresamente lo contrario en el presente, el Afiliado no podrá ceder ni delegar este Acuerdo, así como tampoco sus derechos u obligaciones, sin el consentimiento previo y por escrito de Base44 (que no podrá denegarse de manera injustificada).
20. Investigación independiente
20.1. Base44 recomienda al Afiliado consultar con asesores legales, financieros, fiscales o contables antes de incorporarse al Programa.
20.2. El Afiliado reconoce y acepta que ninguna disposición de este documento ni declaración alguna de Base44, sus empleados o personas vinculadas a la empresa le ha impedido en modo alguno solicitar dicho asesoramiento antes de celebrar este Acuerdo.
20.3. El Afiliado ha evaluado de forma independiente la conveniencia de participar en el Programa y no se basa en ninguna declaración o manifestación distinta de las establecidas en este Acuerdo.
20.4. EL AFILIADO HA LEÍDO DETENIDAMENTE ESTE ACUERDO Y LO COMPRENDE, HA TENIDO LA OPORTUNIDAD DE CONSULTAR CON UN ASESOR JURÍDICO Y ACEPTA SIN RESERVAS LAS OBLIGACIONES QUE ESTE LE IMPONE. ASIMISMO, EL AFILIADO HA TENIDO EN CUENTA LAS DISPOSICIONES SOBRE LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD Y EXENCIÓN DE GARANTÍAS DE ESTE ACUERDO ANTES DE ACEPTARLO. NO SE HAN REALIZADO PROMESAS NI DECLARACIONES AL AFILIADO PARA INDUCIRLO A ACEPTAR ESTE ACUERDO. EL AFILIADO ACEPTA LOS TÉRMINOS DE ESTE ACUERDO DE MANERA LIBRE Y VOLUNTARIA.




